Bonificaciones extraordinarias COVID-19 recibo del agua en Madrid

 

Serán beneficiarios de esta bonificación en su vivienda habitual los usuarios afectados por un ERTE motivado por la situación de estado de alarma, que no reciban complemento salarial adicional alguno diferente a la prestación por desempleo.

 

Para suministros individuales de agua a viviendas.

 

«… , la exención consiste en la bonificación del importe total de la parte variable de la tarifa de los servicios de aducción, distribución, alcantarillado y depuración que corresponda facturar a precios unitarios del primer bloque o tramo de consumo (hasta 25 metros cúbicos al bimestre).

 

Asimismo, se bonificará el 50% de la parte fija de la tarifa o cuota de servicio.»

 

EJEMPLO: Para una factura de 40,87 euros al bimestre, aplicando esta bonificación, el importe a abonar será de 8,71 euros.

 

 

Bonificación en suministros colectivos (pluriviviendas)

 

Para suministros destinados a pluriviviendas, «… ésta consistirá en la bonificación, por cada vivienda con este derecho, del importe total de la parte variable de la tarifa de los servicios de aducción, distribución, alcantarillado y depuración por un consumo máximo de 25 metros cúbicos al bimestre (equivalente a un consumo medio diario de 417 litros).

 

Asimismo, por cada vivienda con derecho a esta exención, se bonificará el 50% de la parte fija de la tarifa o cuota de servicio que proporcionalmente corresponda a cada vivienda.»

 

EJEMPLO: Para una factura de 40,87 euros al bimestre, aplicando esta bonificación, el importe a abonar será de 8,71 euros.

 

 

¿Qué documentación se debe aportar?

 

El beneficiario deberá presentar certificación oficial de encontrarse afectado por un ERTE motivado por la situación del estado de alarma, y declaración responsable de no ser perceptor de complemento salarial adicional a la prestación por desempleo.»

 

En la Seguridad Social online, en situación actual se puede obtener un documento donde aparece la suspensión.

 

Enlace al documento donde aparecen todos los códigos utilizados en los informes de vida laboral de la Seguridad Social.

 

  • C.T. es el acrónimo de Tipo de Contrato de Trabajo. El código 100, es por ejemplo para indefinidos a tiempo completo.
  • % C.T.P. Porcentaje del contrato de trabajo a tiempo parcial.
  • G.C. es el Grupo de Cotización.

 

«Esta documentación deberá ser entregada en los servicios de Canal de Isabel II, S.A. Si la situación de ERTE persiste, deberá ser renovada cada 3 meses.

 

Se deberá justificar la residencia habitual de la vivienda.

 

Bonificaciones para suministros a empresas.

 

Una vez recibamos la solicitud, se aplicará con efectos de la fecha de entrada en vigor del estado de alarma (14/03/2020), y se extenderá durante toda su duración, con dos periodos posteriores de 6 meses, con las cuantías indicadas en el apartado anterior.

 

Documentación.

 

El beneficiario deberá presentar declaración responsable de encontrarse afectado por reducción de al menos el 30% de su actividad por la situación del estado de alarma.

 

Dichas declaraciones deberán ser entregadas en los servicios de Canal de Isabel II, S.A.

 

«Cuando el solicitante o su empresa no sean titular del contrato de suministro de agua por estar a nombre de una Comunidad de Propietarios o Colectivo, deberá presentar justificación documental en la que figure el domicilio fiscal de la actividad (recibos de suministros de otras compañías, declaración censal, escrito del representante de la Comunidad de Propietarios o Colectivo, etc.).»

 

 

 

Fuente y más información: https://oficinavirtual.canaldeisabelsegunda.es

 

 

 

 

 

Dejar una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Puedes usar estas etiquetas y atributos HTML:

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>