Comprar un vehículo de tu propia empresa para ponerlo a tu nombre es una operación común, pero tiene sus aspectos legales y fiscales. No es tan simple como cambiar el titular en Tráfico; Hacienda vigila estas operaciones de cerca para evitar que se use la empresa para «regalar» bienes a los socios.
Aquí tienes los puntos clave para que lo hagas correctamente y no te lleves un susto en forma de multa:
El Precio de Venta (Valor de Mercado)
Este es el punto más crítico. No puedes venderte el coche por 1 euro. Al ser una «operación vinculada» (tú eres el comprador y el dueño de la vendedora), el precio debe ser el valor de mercado.
- ¿Cómo calcularlo? Puedes usar las tablas de Hacienda (Tablas de Ganvam/Eurotax) o buscar anuncios de vehículos similares en webs de segunda mano.
- Consecuencia de un precio bajo: Si lo vendes por debajo del mercado, Hacienda puede considerar la diferencia como una retribución en especie o un dividendo encubierto, obligándote a pagar impuestos adicionales.
Impuestos según el tipo de Empresa
Dependiendo de si eres autónomo o una Sociedad Limitada (SL), el proceso varía un poco:
- Factura con IVA: La empresa debe emitir una factura. Si la empresa se dedujo el 100% o el 50% del IVA cuando compró el coche, ahora debe aplicar el IVA (normalmente el 21%) sobre el precio de venta actual.
- Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): Al haber factura con IVA, generalmente no se paga ITP (para evitar doble imposición), aunque esto depende de la comunidad autónoma y de si el vendedor es profesional o no.
Trámites Administrativos
Para que el coche pase a ser legalmente tuyo, debes seguir estos pasos:
- Contrato de compraventa: Firma un contrato sencillo entre la empresa y tú.
- Emisión de la factura: La empresa emite la factura con el IVA correspondiente.
- Cambio de titularidad en la DGT:
¿Qué ocurre con el Impuesto de Sociedades?
Para la empresa, esta venta puede generar una pérdida o un beneficio contable:
- Si el precio de venta es mayor al valor que el coche tiene en libros (lo que falta por amortizar), la empresa tendrá un beneficio por el que deberá pagar impuestos.
- Si es menor, tendrá una pérdida que podría deducirse (siempre que el precio sea de mercado).
Nota importante: Si el vehículo estaba afecto a la actividad económica al 50% (lo habitual en turismos), asegúrate de que la factura refleje correctamente la parte del IVA que corresponde regularizar.