Heredas un piso, compras un coche de segunda mano o recibes una donación, y descubres que tienes un plazo corriendo y un impuesto autonómico que liquidar. La Comunidad de Madrid tiene un servicio para eso: no solo te atienden, te elaboran la autoliquidación. Es gratuito y muy poca gente lo usa, en parte porque el sistema de cita previa no explica demasiado bien qué es cada cosa.
Antes de pedir cita, comprueba esto
Comunidad de Madrid y Ayuntamiento de Madrid no son lo mismo, y cada uno gestiona impuestos distintos. Es el motivo por el que mucha gente pide cita, se desplaza y se vuelve sin resolver nada.
Si tu asunto es el IBI, la tasa de basuras, el impuesto de circulación o la plusvalía municipal, es del Ayuntamiento y no se tramita aquí. Este sistema atiende los tributos autonómicos: sucesiones, donaciones, transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
Qué es exactamente este sistema
Es el sistema de cita previa de Tributos de la Comunidad de Madrid, dependiente de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo. Desde él puedes solicitar una cita, consultarla o cancelarla, y se organiza en cuatro grandes centros según lo que necesites.
Información y asistencia al contribuyente
El centro principal y el que resuelve la mayoría de casos. Aquí entran las autoliquidaciones, la presentación de documentación y las gestiones tributarias.
Valoración de inmuebles
Para cuestiones de valoración de inmuebles en transmisiones patrimoniales, actos jurídicos documentados y sucesiones y donaciones.
Recaudación ejecutiva
Cuando una deuda ya ha entrado en vía de apremio. Es el centro al que acudir si te ha llegado una providencia de apremio o un embargo.
Elaboración y presentación
Aparecen como centros propios, pero el sistema los redirige: ambos se gestionan dentro de Información y Asistencia al Contribuyente.
Los seis servicios que puedes pedir
Al elegir «Información y asistencia al Contribuyente» se despliega el menú que de verdad importa. Estos son los servicios y lo que significa cada uno:
| Servicio | Para qué sirve |
|---|---|
| Herencias. Elaboración de autoliquidaciones | La Administración te prepara el modelo 650 del Impuesto sobre Sucesiones a partir de la documentación de la herencia. |
| Donaciones. Elaboración de autoliquidaciones | Lo mismo para el modelo 651, cuando recibes dinero, un inmueble u otro bien en vida del donante. |
| Transmisiones Patrimoniales y AJD. Elaboración de autoliquidaciones | Para el modelo 600: compraventa de vivienda de segunda mano, constitución de derechos reales, arrendamientos y documentos notariales sujetos a AJD. |
| Compraventa de vehículos. Elaboración de autoliquidaciones | Para el modelo 620 del vehículo usado comprado entre particulares. También cubre embarcaciones y aeronaves. |
| Presentación y entrega de documentación | Cuando ya tienes la autoliquidación hecha y pagada y solo necesitas presentarla con sus documentos. |
| Trámites de gestión tributaria | Recursos, devoluciones de ingresos indebidos, aplazamientos, notificaciones y consultas sobre un expediente abierto. |
La distinción que lo cambia todo
Cuatro de esos seis servicios dicen «elaboración de autoliquidaciones» y uno dice «presentación». No es un matiz administrativo: determina si sales de la cita con el impuesto resuelto o con un viaje perdido.
Elaboración
Te hacen el impuesto. Llevas la documentación de la operación y un funcionario calcula la autoliquidación por ti.
Es el servicio útil para quien no quiere pagar una gestoría ni pelearse con el formulario. Puede atenderse de forma presencial, telefónica o telemática.
Presentación
Entregas lo que ya has hecho. Vas con el modelo cumplimentado y pagado, y lo registras con sus documentos.
Si vienes con los papeles en bruto esperando que te los calculen, esta cita no sirve: tendrás que pedir otra del tipo correcto.
El requisito que anula citas
Para las citas de elaboración de autoliquidaciones hay que adjuntar la documentación de la operación al pedir la cita: el contrato, la escritura o el documento privado correspondiente. No es un trámite opcional. Si la cita se solicita sin esa documentación, se cancela. Tiene su lógica: el funcionario necesita los datos por adelantado para tener el cálculo preparado cuando te atienda.
Trámite a trámite
Herencias
El Impuesto sobre Sucesiones se autoliquida con el modelo 650, y desde finales de 2020 la autoliquidación es el único sistema admitido. Se presenta en la Comunidad de Madrid cuando el fallecido tuvo aquí su residencia habitual durante la mayor parte de los últimos cinco años.
El dato que más tranquiliza a quien llega por primera vez: Madrid aplica una bonificación del 99 % de la cuota para descendientes, cónyuge y ascendientes. Desde los fallecimientos producidos a partir del 1 de julio de 2025, hay además una bonificación del 50 % para hermanos, tíos y sobrinos, y para descendientes por afinidad.
Eso no exime de presentar. La bonificación se aplica sobre la cuota, pero el impuesto hay que declararlo igualmente y dentro de plazo.
Donaciones
Se liquida con el modelo 651. El caso más frecuente es la donación de dinero de padres a hijos para la entrada de una vivienda, y conviene saber que el beneficio fiscal suele estar condicionado a requisitos formales: documento público y justificación del origen de los fondos, entre otros. Es precisamente el tipo de detalle que una cita de elaboración resuelve en una conversación.
Compraventa de vivienda y otros documentos
El modelo 600 cubre transmisiones patrimoniales onerosas y actos jurídicos documentados. En inmuebles hay una particularidad que descoloca a mucha gente: desde 2022, la base imponible no es lo que pagaste, sino el valor de referencia del Catastro cuando existe para ese inmueble. Si es superior al precio escriturado, tributas por el valor de referencia; discutirlo exige impugnar y aportar prueba.
Compraventa de vehículos
Al comprar un vehículo usado a un particular, el comprador liquida el modelo 620 al 4 % de la base imponible. Esa base no es el precio del contrato: se calcula con los precios medios de venta que aprueba cada año el Ministerio de Hacienda, ajustados por antigüedad.
Hay una reducción útil y poco conocida: si el vehículo estuvo destinado durante más de seis meses desde su matriculación a autoescuela, alquiler sin conductor o taxi, la base se reduce al 70 %.
Trámites de gestión tributaria
Es el cajón para lo que viene después: recurrir una liquidación, pedir la devolución de un ingreso indebido, solicitar un aplazamiento o fraccionamiento, o preguntar por el estado de un expediente. Si ya tienes un número de expediente, llévalo: es lo primero que te van a pedir.
Los plazos, que es lo que aprieta
Casi todo lo demás se puede resolver con calma. Los plazos, no.
| Trámite | Plazo | Desde cuándo cuenta |
|---|---|---|
| Herencias (modelo 650) | 6 meses | Día del fallecimiento |
| Prórroga de herencias | 6 meses más | Debe pedirse antes de que transcurran los cinco primeros meses, y devenga intereses de demora |
| Donaciones (modelo 651) | 30 días hábiles | Fecha del acto o contrato |
| Transmisiones y AJD (modelo 600) | 30 días hábiles | Fecha del acto o contrato |
| Vehículos (modelo 620) | 30 días hábiles | Formalización del contrato |
Días hábiles, no naturales. No cuentan sábados, domingos ni festivos. Treinta días hábiles son aproximadamente seis semanas naturales, pero no hagas el cálculo de memoria: con puentes y festivos locales la diferencia puede ser de varios días, y presentar fuera de plazo conlleva recargo.
Qué llevar a la cita
Varía según el trámite, pero el patrón se repite: el documento que origina el impuesto, la identificación de quien tributa y la acreditación de los bienes.
Herencias
- Escritura de aceptación de herencia o documento privado con inventario y valoración, firmado por todos los herederos
- Certificado de defunción y de actos de última voluntad
- Testamento o declaración de herederos
- Escrituras de inmuebles, recibos del IBI, datos de vehículos, pólizas y saldos bancarios a la fecha del fallecimiento
- DNI del fallecido y de los herederos
Vehículos
- Contrato de compraventa, original y copia
- Ficha técnica del vehículo
- Permiso de circulación
- Si actúas por otro, autorización firmada y copia de su DNI
Si vas a presentar en nombre de otra persona —lo habitual cuando un heredero tramita por todos—, necesitas autorización firmada y copia del DNI de cada uno. Es el olvido más común y el que obliga a volver otro día.
Cómo se pide la cita, paso a paso
El sistema tiene cinco pantallas y no guarda lo que escribes si te sales a medias. Ten la documentación a mano antes de empezar.
Elección del servicio
Selecciona primero el centro y después el servicio. Si dudas, revisa la tabla de los seis servicios de más arriba.
Acciones
Indica cuántas operaciones vas a realizar. Si son tres vehículos o tres autoliquidaciones, dilo aquí: el sistema reserva el tiempo en consecuencia.
Día y hora
El calendario marca los días disponibles, ocupados y festivos. Si el mes aparece vacío, avanza con las flechas al siguiente.
Datos personales
NIF, NIE o pasaporte, nombre, apellidos, móvil y correo. Marca los avisos por SMS o correo y valida el código de verificación.
Confirmación
Aparece el justificante con el código de cita. Guárdalo: sin él no podrás consultar ni cancelar después.
El acceso directo está en gestiona7.madrid.org/ctac_cita/tributos. También circula como gestiona.comunidad.madrid/ctac_cita/tributos: es el mismo sistema, así que no te alarmes si ves una dirección distinta en un folleto o en otra web.
Consultar o cancelar una cita
Desde la misma pantalla inicial, eligiendo la operación correspondiente. Necesitas el código de cita y el documento de identificación con el que la pediste. Si no vas a poder acudir, cancélala: libera el hueco y evita que el sistema registre una ausencia.
Dónde está la oficina
La Comunidad de Madrid tiene una red de oficinas liquidadoras repartidas por la región, cada una con su ámbito territorial de municipios asignados. Para presentar una declaración puedes acudir a cualquiera de ellas. Para el resto de gestiones, lo razonable es la que corresponde a tu municipio.
Oficina de referencia
C/ Manuel Cortina, 2 — Madrid. El acceso se hace por la calle Francisco de Rojas.
Horario de 8:30 a 14:30, de lunes a viernes no festivos. Cierra el 24 y el 31 de diciembre. Para consultas tributarias, el teléfono es el 91 580 94 04, de 8:00 a 15:30.
Conviene recordar que no todo exige desplazarse. La Oficina Virtual Tributaria permite elaborar y presentar las autoliquidaciones por internet con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico, y pagar por cargo en cuenta, tarjeta, transferencia o Bizum. Para personas jurídicas, de hecho, la vía electrónica es obligatoria.
Y hay una ruta intermedia muy práctica para quien no tiene certificado digital: elaborar la autoliquidación en la Oficina Virtual sin identificarse, pagarla, y pedir cita solo para presentarla. Te ahorra una de las dos visitas.
Errores que hacen perder la cita
- Confundir administración. El IBI, la plusvalía municipal y el impuesto de circulación son del Ayuntamiento, no de la Comunidad.
- Pedir cita de elaboración sin adjuntar la documentación. La cita se cancela, y te enteras tarde.
- Elegir «presentación» cuando necesitas que te hagan el cálculo. Son servicios distintos y no se improvisan en ventanilla.
- Contar los 30 días como naturales. Son hábiles, y la diferencia puede llevarte fuera de plazo justo al revés de lo que crees.
- Ir sin las autorizaciones de los demás interesados. Sin autorización firmada y copia del DNI, no puedes tramitar por otro.
- Dar por hecho que la bonificación exime de declarar. El 99 % reduce la cuota, no la obligación de presentar en plazo.
- Calcular el impuesto del coche sobre el precio pagado. La base es la tabla oficial de precios medios, no lo que figure en el contrato.
- Perder el código de cita. Sin él no se puede consultar ni cancelar.
Preguntas frecuentes
¿Cuesta algo este servicio?
No. La elaboración de la autoliquidación por parte de la Administración es gratuita. Lo que pagas es el impuesto que resulte, no la asistencia.
¿Tengo que ir presencialmente?
No siempre. Las citas de elaboración de autoliquidaciones pueden atenderse también por teléfono o por vía telemática. La presentación de documentación y las gestiones sobre expedientes sí suelen requerir presencia.
¿Puedo ir sin cita?
El sistema está diseñado alrededor de la cita previa. Presentarse sin ella no garantiza atención, y en trámites con plazo no es un riesgo que compense asumir.
Soy de otra comunidad autónoma, ¿me atienden aquí?
Depende del punto de conexión de cada impuesto, no de dónde vivas tú. En sucesiones manda la residencia habitual del fallecido durante la mayor parte de los últimos cinco años; en vehículos, el domicilio fiscal del comprador. Si tu caso no conecta con Madrid, el trámite corresponde a otra comunidad.
¿Y si el plazo ya ha vencido?
Se puede presentar fuera de plazo, con recargo. Pide cita igualmente y plantéalo: presentar tarde de forma voluntaria tiene mejor tratamiento que esperar a que la Administración te requiera.
¿Puede ir mi gestor en mi lugar?
Sí, con la autorización correspondiente y copia de tu DNI. Algunos colegios profesionales tienen además convenios de colaboración con la Comunidad que obligan a sus colegiados a tramitar por vía electrónica.
¿Qué hago si no estoy de acuerdo con el valor de referencia del Catastro?
Debes autoliquidar conforme a él y después impugnar, aportando prueba del valor real. Es un trámite distinto, de los que entran en «gestión tributaria», y conviene valorarlo con un profesional antes de iniciarlo.
Cómo está hecha esta guía
Guía actualizada a 21 de octubre de 2026, elaborada contrastando los trámites con la información publicada por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid. Puedes consultar las fuentes directamente:
- Cita previa de Tributos de la Comunidad de Madrid
- Comunidad de Madrid — Impuesto sobre Sucesiones
- Comunidad de Madrid — Compraventa de vehículos
- Comunidad de Madrid — Oficinas liquidadoras
Antes de actuar, verifica. Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento fiscal ni jurídico. Los tipos impositivos, las bonificaciones autonómicas, los modelos, los horarios de las oficinas y la propia oferta de servicios de cita previa pueden modificarse sin previo aviso, y las tablas de precios medios de vehículos se actualizan cada año. Comprueba las condiciones vigentes en la web de la Comunidad de Madrid o llamando al 012 antes de presentar una autoliquidación, y acude a un asesor fiscal si tu caso tiene particularidades: herencias con bienes en el extranjero, empresas familiares, discrepancias de valoración o plazos ya vencidos.