La Comunidad de Madrid convoca cada curso una beca para estudiantes de Formación Profesional de Grado Medio y Grado Superior. Antes de seguir leyendo conviene saber una cosa, porque descarta a la mayoría de quien llega buscando: solo es para quien estudia en un centro privado autorizado. Si tu ciclo es en un instituto público, esta ayuda no es la tuya.
Guía permanente: explica cómo funciona la beca y su calendario, no una convocatoria concreta. Las fechas, las cuantías y los umbrales se fijan cada año en la orden de convocatoria. Comprueba siempre la vigente antes de solicitar.
Qué beca es esta
Desde el curso 2025-2026 las antiguas becas separadas de Grado Medio y de Grado Superior se tramitan en un único procedimiento. Las reglas de fondo están en unas bases reguladoras estables —la Orden 1958/2025, de 30 de mayo— y cada año se publica encima una orden de convocatoria que fija las fechas, las cuantías y el presupuesto de ese curso.
Esa estructura es la que conviene entender: las bases cambian poco, la convocatoria cambia todos los años. Por eso ningún dato de fechas o importes que leas en un artículo, incluido este, sustituye a la orden del curso que te interesa.
La ayuda cubre ciclos de Grado D —los ciclos formativos completos de Grado Medio y Grado Superior— en modalidad presencial, semipresencial o virtual.
Quién puede pedirla
| Requisito | En qué consiste |
|---|---|
| Tipo de centro | Centro privado autorizado situado en la Comunidad de Madrid. Es el requisito que más solicitudes descarta. |
| Matrícula | Estar matriculado, o tener reserva de plaza, para el curso que se solicita. |
| Edad | El tope sube con el curso: 35 años en primero, 36 en segundo y 37 en el tercero de las dobles titulaciones. |
| Rendimiento | No ser repetidor del curso que se solicita. |
| Renta | No superar el umbral de renta per cápita familiar que fije la convocatoria. En las últimas se ha mantenido en 35.913 euros. |
| Residencia | Residir en la Comunidad de Madrid. En semipresencial y virtual se exige además una antigüedad mínima de cinco años. |
Los requisitos deben cumplirse al cerrarse el plazo de solicitud y mantenerse durante todo el curso. Dejar de cumplir alguno por el camino puede dar lugar a la pérdida de la beca.
El malentendido más caro: renta per cápita
Mucha gente descarta la beca al leer la cifra del umbral, porque la interpreta como el total que ingresa la familia. No es eso.
El umbral se aplica a la renta per cápita familiar: la renta de la unidad familiar dividida entre el número de miembros que la componen. Una familia de cuatro personas con una renta conjunta de 100.000 euros tiene una renta per cápita de 25.000, y queda holgadamente dentro del umbral.
La diferencia entre un concepto y otro es la que separa «no me corresponde» de «la tengo». Antes de descartarte, haz la división.
La convocatoria consulta esos datos directamente a la Agencia Tributaria, del ejercicio fiscal que corresponda —normalmente el de dos años antes del curso—, siempre que lo autorices en la solicitud.
Cuánto se cobra
Los importes se publican en la orden de convocatoria de cada curso, así que aquí interesa la forma en que se calculan, que sí se mantiene:
- Hay tramos según la renta per cápita familiar. Cuanto más baja, mayor es la cuantía.
- Grado Superior cobra más que Grado Medio.
- El primer curso cobra más que el segundo y el tercero.
- Los beneficiarios de la Renta Mínima de Inserción o del Ingreso Mínimo Vital tienen un importe propio, superior al del resto de tramos.
La tabla exacta con las cuantías de cada tramo está en la orden de convocatoria publicada en el BOCM y en la ficha de la sede electrónica. Son las dos únicas fuentes en las que merece la pena mirar la cifra.
Cuándo se convoca
Esta es la parte que de verdad sirve para no perderla, porque el calendario se repite:
| Momento | Qué ocurre |
|---|---|
| Mayo y junio | Se aprueba la orden de convocatoria y su extracto se publica en el BOCM. |
| Junio | Se abre el plazo de solicitud, que suele durar unas tres semanas. |
| Principios de julio | Se cierra el plazo. Aquí termina la oportunidad para ese curso. |
| Finales de agosto | Se publica la lista provisional de admitidos y excluidos, con su plazo de subsanación. |
La consecuencia práctica: el plazo cae en pleno verano y antes de que empiece el curso. Quien espera a matricularse en septiembre para pensar en la beca llega tarde. Por eso basta con tener reserva de plaza, sin matrícula cerrada, para poder solicitarla.
Si quieres asegurarte, la ficha de la beca en la sede electrónica ofrece un servicio de avisos por correo: te escriben cuando hay movimiento en el expediente o en la convocatoria.
Cómo se solicita
Dos vías, y la electrónica es la que recomienda la propia Comunidad:
- Por internet, a través de la Cuenta Digital de la Comunidad de Madrid, en la sede electrónica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
- Presencialmente, descargando el formulario y presentándolo en los registros de la Comunidad de Madrid o en los municipales. Algunas oficinas piden cita previa.
Qué documentación hace falta
Menos de la que parece, porque la Administración consulta por su cuenta buena parte de los datos salvo que te opongas: identidad, empadronamiento, certificado de discapacidad, y la condición de beneficiario de la Renta Mínima de Inserción o del Ingreso Mínimo Vital.
Lo que sí tienes que aportar:
- Certificado de matriculación o de reserva de plaza en el centro.
- La autorización de consulta de datos firmada por los miembros mayores de edad de la unidad familiar. Si falta alguna firma, hay que aportarla expresamente.
- La autorización para consultar la renta en la Agencia Tributaria.
- Si es tu primera solicitud, además, libro de familia o certificado del Registro Civil y, cuando proceda, la sentencia de separación o divorcio.
Cómo se reparte el dinero
No es por orden de llegada, lo cual quita presión al primer día de plazo. El reparto se hace por renta per cápita familiar hasta agotar el crédito disponible: si el presupuesto no alcanza para todas las solicitudes válidas, se concede empezando por las rentas más bajas.
En caso de empate, prevalece la renta menor. Y si persiste, se resuelve por sorteo según la letra del primer apellido.
Esto tiene una lectura práctica: presentar el primer día no te da ventaja, pero presentar bien sí. Una solicitud excluida por un dato mal cumplimentado no entra en el reparto.
La prórroga
Desde la unificación del procedimiento, la beca puede prorrogarse en cursos siguientes si se mantienen las circunstancias que la motivaron. Es una de las novedades más útiles del sistema actual, porque evita empezar de cero cada año.
Conviene confirmar en la convocatoria vigente cómo se articula la prórroga en tu caso, porque no exime de cumplir los requisitos: seguir residiendo en la Comunidad, no repetir curso y mantenerse dentro del umbral de renta.
Errores que dejan fuera
- Darla por perdida por el umbral de renta. Es per cápita, no el total familiar. Divide antes de descartarte.
- Suponer que vale para el instituto público. La beca es para centros privados autorizados.
- Esperar a formalizar la matrícula. Con reserva de plaza basta, y el plazo se cierra a principios de julio.
- Buscar la convocatoria en septiembre. Para entonces ya se ha resuelto la fase de solicitud.
- No recoger todas las firmas de los mayores de edad de la unidad familiar en la autorización de consulta de datos.
- Solicitarla repitiendo curso. Es causa de exclusión para el curso que se solicita.
- Desentenderse tras presentar. La lista provisional de finales de agosto abre un plazo de subsanación que es la última oportunidad de corregir.
- Fiarse de cifras de años anteriores. Cuantías y umbrales se fijan en cada convocatoria.
Preguntas frecuentes
Estudio en un centro concertado, ¿entro?
La convocatoria se refiere a centros privados autorizados. Si tu centro es concertado, confírmalo con la secretaría del centro o con la Consejería antes de presentar: es el punto donde más dudas se generan y depende de cómo esté clasificado tu centro concretamente.
¿Puedo pedirla si ya tengo otra beca?
Depende de cuál y de lo que diga la convocatoria sobre compatibilidades, que es un apartado que conviene leer entero. Las becas del Ministerio y las autonómicas tienen reglas propias de concurrencia.
Tengo 36 años y empiezo primero, ¿puedo?
No. El tope de 35 años se aplica al primer curso; los límites superiores corresponden a segundo y tercero, pensados para quien avanza dentro del ciclo.
¿Vale para un ciclo a distancia?
Sí, las modalidades semipresencial y virtual están incluidas, pero con un requisito añadido: acreditar al menos cinco años de residencia en la Comunidad de Madrid antes de la solicitud.
No he presentado la declaración de la renta, ¿eso me excluye?
No necesariamente. La Administración consulta los datos fiscales que consten en la Agencia Tributaria. Si tu situación es atípica, pregunta en el servicio de información de la Consejería antes de presentar.
¿Dónde veo si mi solicitud ha sido admitida?
En la propia sede electrónica, en la ficha de la beca, donde se publican el calendario de actuaciones y las listas provisionales y definitivas. Si diste tu correo, también recibirás avisos.
Cómo está hecha esta guía
Guía revisada el 31 de octubre de 2026, contrastada con la normativa y la información publicada por la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid. Puedes consultar las fuentes directamente:
- Orden 1958/2025, de 30 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de estas becas (BOCM n.º 132, de 4 de junio de 2025)
- Sede electrónica de la Comunidad de Madrid — Ficha de la beca de FP de Grado Medio y Superior
- Comunidad de Madrid — Unificación de las becas de FP de Grado Medio y Superior
Antes de solicitar, verifica. Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento. Las fechas del plazo, las cuantías, el umbral de renta y los requisitos se fijan en la orden de convocatoria de cada curso y pueden cambiar de un año a otro. Para localizar la convocatoria vigente, entra en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, apartado de ayudas, becas y subvenciones, y busca la beca de FP del curso que te interesa; o llama al 012. Ante cualquier duda sobre si tu centro o tu situación familiar encajan, pregunta en la secretaría de tu centro o en el servicio de información de la Consejería antes de presentar la solicitud.