Altas centros de trabajo Comunidad de Madrid

Centros de Trabajo

Comunicación de apertura o reanudación de la actividad de Centros de Trabajo

 

«El empresario debe comunicar la apertura de un centro de trabajo o de reanudación de la actividad después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia a la Dirección General de Trabajo, Autoridad Laboral competente siempre que dicho centro esté ubicado en el territorio de la Comunidad de Madrid.»

 

 

Documentación necesaria

Documentación necesaria:

 

1. Solicitud, ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.

2. Documentación requerida que figura en la solicitud.

 

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”

 

Pasos para la tramitación

Pasos para la tramitación

 

El impreso de comunicación de apertura o reanudación de la actividad deberá presentarse con carácter previo o dentro de los 30 días siguientes a la fecha de inicio de la actividad (Orden TIN 1071/2010 de 27 de abril).

 

* Fuente y trámites online en www.madrid.org

 

 

Notas: Excepto para obras de construcción.

 

Dejar una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Puedes usar estas etiquetas y atributos HTML:

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>