Años que hay que conservar las facturas de forma obligatoria en España
En España, las facturas deben conservarse durante cuatro años desde el cierre del ejercicio fiscal en que se emitieron.
Aunque la normativa fiscal y contable indiquen que debemos conservar una factura por un periodo mínimo de cuatro años desde su emisión. La norma en las empresas es esperar a 5 o incluso 6 años para poder responder en caso de inspección.
En España, el tiempo que debes guardar las facturas varía según el criterio que se siga:
- Criterio fiscal: 4 años en general, 5 años para operaciones con oro de inversión.
- Criterio mercantil: 6 años a partir del último asiento contable.
- Criterio penal: 5 años para delito fiscal básico, 10 años para el agravado.
Se recomienda guardar las facturas por al menos 6 años para cubrir los criterios fiscal y mercantil. Si quieres ser más precavido, puedes guardarlas 10 años, que es el plazo máximo de prescripción del delito fiscal.
Importante: Si las facturas están sujetas a subvenciones de fondos sociales europeos, el plazo de conservación se amplía a 10 años a partir del 31 de diciembre del ejercicio en que se produjo el gasto.
¿ Porqué algunas empresas las conservan 6 años o más … ?
Como decimos, algunas empresas deciden conservar sus facturas durante más de cuatro años para tener una mayor seguridad en caso de que tengan que realizar algún tipo de auditoría o consulta por parte de las autoridades tributarias.
Esto les permite estar seguros de que pueden presentar todas las facturas que se les puedan solicitar en el futuro.
Por otro lado, deberíamos considerar, si tenemos operaciones como crédito fiscal en el impuesto de sociedades que puede ser de hasta 20 años o incluso haber recibido ayudas europeas con periodos de posibles inspección superiores al cuatrienio.
Puedes ampliar esta información en el siguiente enlace: Plazos de conservación de facturas en España: lo que debes saber para cumplir …