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Autónomo colaborador ventajas y requisitos

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Alta autónomos familiares

¿Qué es un autónomo colaborador familiar?

 

Hola! Si eres autónomo/a en España, la figura del autónomo colaborador puede ser una opción interesante para ti si tienes familiares que te ayudan en tu negocio. Te explico en qué consiste:

 

Un autónomo puede contratar a familiares de hasta segundo grado para que le ayuden en sus labores a través de la figura del autónomo colaborador familiar.

 

De manera análoga a los trabajadores asalariados, el autónomo empleador abonará las cotizaciones a la seguridad social y las retribuciones.

 

Esta figura resulta más sencilla de dar de alta e interesante fiscalmente, debido a que no está obligado a presentar declaraciones trimestrales.

 

Además tiene derecho a una serie de bonificaciones en las cuotas de autónomos, y habilita la regulación de familiares directos a los que no está permitido su contratación por el régimen general.

 

¿Qué es un autónomo colaborador?

Es un familiar directo tuyo (hasta segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopción) que colabora de forma habitual y personal en tu actividad como autónomo. Es decir, te ayuda en tu negocio de forma regular.

 

Autónomo colaborador familia

¿Quién puede ser autónomo colaborador?

  • Tu cónyuge o pareja de hecho.
  • Tus padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos o cuñados.
  • Hijos, padres, abuelos o nietos de tu cónyuge o pareja de hecho.

 

Además, debe cumplir estos requisitos:

  • Tener al menos 16 años.
  • No estar dado de alta como trabajador por cuenta ajena en otro lugar.
  • Convivir contigo o ser económicamente dependiente de ti (esto no se aplica a los cónyuges o parejas de hecho).

 

¿Cómo funciona?

El autónomo colaborador se da de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), pero con una peculiaridad:

  • Para la Seguridad Social: Es un trabajador por cuenta propia, por lo que cotiza y tiene derecho a prestaciones como cualquier otro autónomo.

 

Ventajas para ti como autónomo:

  • Puedes deducirte los gastos de la cotización del autónomo colaborador.
  • Puedes beneficiarte de bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social.
  • Formalizas la situación de los familiares que te ayudan en el negocio.

 

Ventajas para el autónomo colaborador:

  • Cotiza a la Seguridad Social y tiene derecho a prestaciones.
  • Tiene una relación laboral más formalizada contigo.

 

Importante! Es fundamental que la relación laboral con el autónomo colaborador sea real y esté justificada. La Seguridad Social puede realizar inspecciones para comprobarlo.

 

¿Cómo se tramita?

El autónomo colaborador debe darse de alta en el RETA presentando el modelo TA0521/2 en la Seguridad Social. Además, tú como autónomo titular debes comunicar esta situación a Hacienda.

 

Documento

Solo hay que presentar en la seguridad social el modelo TA.0521/2

 

  • (SOLICITUD DE: ALTA, BAJA O VARIACIÓN DE DATOS EN EL RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS – FAMILIAR COLABORADOR DEL TITULAR DE LA EXPLOTACIÓN).

 

  • Acompañado del DNI, libro de familia y alta en hacienda del autónomo empleador.

 

Un autónomo colaborador tiene bonificaciones en las cuotas pero para ello debe ser trabajador habitual y no debe sido autónomo en los últimos 5 años.

 

Normativa autónomos

Normativa relacionada: autónomo colaborador

 

 

  • Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social.

 

 

 

 

 

Espero que esta explicación te haya sido útil. Si tienes alguna duda, no dudes en consultar a tu asesor …

 

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