¿Qué es un autónomo colaborador familiar?
Un autónomo puede contratar a familiares de hasta segundo grado para que le ayuden en sus labores a través de la figura del autónomo colaborador familiar.
De manera análoga a los trabajadores asalariados, el autónomo empleado abonará las cotizaciones a la seguridad social y las retribuciones.
Esta figura resulta más sencilla de dar de alta e interesante fiscalmente, debido a que no está obligado a presentar declaraciones trimestrales.
Además tiene derecho a una serie de bonificaciones en las cuotas de autónomos, y habilita la regulación de familiares directos a los que no está permitido su contratación por el régimen general.
Solo hay que presentar en la seguridad social el modelo TA.0521/2 (SOLICITUD DE: ALTA, BAJA O VARIACIÓN DE DATOS EN EL RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS
-FAMILIAR COLABORADOR DEL TITULAR DE LA EXPLOTACIÓN).
Acompañado del DNI, libro de familia y alta en hacienda del autónomo empleador.
Un autónomo colaborador tiene bonificaciones en las cuotas pero para ello debe ser trabajador habitual y no debe sido autónomo en los últimos 5 años.
Normativa relacionada:
- Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social.