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Alta convenio especial expediente regulación empleo (ERE)

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El alta en el convenio especial en el contexto de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) está relacionado con la posibilidad de que los trabajadores afectados por un ERE puedan continuar cotizando a la Seguridad Social a pesar de haber perdido su empleo, lo que les permite seguir acumulando derechos para prestaciones futuras, como la jubilación.

 

Aspectos clave del convenio especial en un ERE:

 

  1. Finalidad: El convenio especial permite al trabajador seguir cotizando de forma voluntaria a la Seguridad Social. Esto es importante para no perder derechos relacionados con las prestaciones, en especial de jubilación, cuando se interrumpe la vida laboral debido a un despido colectivo.

 

  1. Requisitos: El trabajador debe haber sido afectado por un ERE que implique extinción de la relación laboral (despido) o reducción de jornada y salario.

 

  1. Cotización: Las cotizaciones realizadas en el convenio especial pueden cubrir la contingencia de jubilación y, en algunos casos, las de incapacidad permanente o muerte y supervivencia. El trabajador paga la cuota correspondiente, aunque en algunos EREs la empresa puede acordar hacerse cargo de una parte o de la totalidad del coste.

 

  1. Beneficiarios: Generalmente, los trabajadores despedidos a partir de cierta edad (45 o 55 años, según los acuerdos del ERE) pueden optar por este convenio especial. Se puede fijar en el ERE la posibilidad de que la empresa continúe cotizando para estos trabajadores por un período determinado.

 

  1. Duración: El convenio especial puede mantenerse hasta que el trabajador vuelva a trabajar, alcance la edad de jubilación, o hasta que se den otras circunstancias que determinen la finalización del mismo.

 

  1. Solicitud: El trabajador debe solicitar el alta en el convenio especial ante la Tesorería General de la Seguridad Social, y debe hacerlo dentro de los 90 días desde que finaliza su relación laboral o desde la fecha del despido.

 

  1. Compatibilidad con prestaciones: El convenio especial es compatible con el cobro de prestaciones por desempleo. Es decir, el trabajador puede estar cotizando mediante el convenio especial mientras recibe el paro.

 

Documento

Ejemplos de cuándo se usa:

 

– En casos de EREs para mayores de 55 años, donde la empresa puede estar obligada a pagar las cotizaciones hasta que el trabajador alcance la edad de jubilación anticipada.

– Cuando un trabajador, tras ser despedido en un ERE, quiere seguir cotizando para evitar perder años de cotización necesarios para su pensión de jubilación.

 

Este tipo de convenios es una herramienta útil para garantizar la continuidad de los derechos sociales en situaciones laborales difíciles, como son los despidos colectivos.

 

Solicitud de suscripción del convenio especial con la Seguridad Social para trabajadores procedentes de expedientes de regulación de empleo, con el fin de iniciar o mantener la situación de alta o asimilada en el régimen que corresponda

 

Administraciones Seguridad Social

 

  • Identificación: DNI, NIF, NIE, expediente de regulación de empleo.

 

 

  • Tesorería General de la Seguridad Social. Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

 

 

 

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