Acceso al archivo del consejo para la defensa del contribuyente

 

El acceso al archivo del Consejo para la Defensa del Contribuyente sirve para los siguientes propósitos:

 

  • Garantizar el derecho de los contribuyentes a conocer la información relativa a sus expedientes tramitados ante el Consejo. Este derecho está recogido en el artículo 99.5 de la Ley General Tributaria, que establece que «los obligados tributarios que hayan sido parte en un procedimiento ante el Consejo para la Defensa del Contribuyente tendrán derecho a acceder a los registros y archivos que formen parte del mismo».

 

  • Permitir a los contribuyentes conocer las actuaciones y decisiones del Consejo, con el objetivo de que puedan ejercer sus derechos de defensa de manera efectiva. Por ejemplo, si un contribuyente ha presentado una queja ante el Consejo, podrá acceder al archivo para conocer el estado de su tramitación, los argumentos que ha presentado la Administración Tributaria y las conclusiones del Consejo.

 

  • Facilitar la labor del Consejo para la Defensa del Contribuyente, que podrá utilizar la información del archivo para mejorar sus actuaciones y propuestas. Por ejemplo, el Consejo puede analizar los expedientes para identificar problemas recurrentes en la aplicación del sistema tributario, o para evaluar la eficacia de sus propias actuaciones.

 

archivo del consejo para la defensa

Acceso al archivo del consejo para la defensa del contribuyente

 

El acceso al archivo del Consejo para la Defensa del Contribuyente puede solicitarse por los contribuyentes que hayan sido parte en un procedimiento ante el Consejo. La solicitud se puede presentar de forma presencial, por correo postal o por medios electrónicos.

 

La resolución de la solicitud debe ser emitida por el órgano que tramitó el expediente ante el Consejo. El plazo para resolver es de un mes.

 

Si la solicitud es estimada, el órgano que la resuelve deberá facilitar al contribuyente el acceso a los registros y archivos que formen parte del expediente. El acceso podrá ser presencial o por medios electrónicos.

 

En el caso de que la solicitud sea desestimada, el órgano que la resuelve deberá motivar su decisión. El contribuyente podrá interponer recurso de reposición contra la resolución.

 

El acceso al archivo del Consejo para la Defensa del Contribuyente es un derecho fundamental de los contribuyentes que tiene como objetivo garantizar su derecho a la defensa y a la información.

 

  • Acceso a archivos y registros y obtención de copias de expedientes concluidos de quejas y sugerencias ante el consejo para la defensa del contribuyente.

 

  • Acceso a los registros y archivos que formen parte de un expediente concluido a la fecha de la solicitud, por un obligado tributario que haya sido parte en el procedimiento.

 

Unidad gestora Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

 

Modelo a cumplimentar y documentación requerida: solicitud. La identificación se realiza a través de: certificado electrónico, DNI electrónico, cl@ve PIN.

 

Tipo de presentación: telemática. Oficinas de la AEAT. En oficinas de correos y demás lugares contemplados en el artículo 38.4 de la ley 30/1992.

 

Enlace web al trámite: agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/PZ03.shtml

 

Depende del Ministerio de Hacienda Agencia Estatal de Administración Tributaria:

  • Plazo: 1 mes
  • Ámbito: Estatal
  • Forma de iniciación: de oficio
  • Efecto del silencio: negativo
  • Tipo trámite: procedimiento tributario

 

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