Ayudas del FOGAIBA: agricultura, ganadería y pesca en Baleares
Quién convoca las ayudas del sector primario balear, qué líneas existen, cómo se solicitan y —sobre todo— cómo enterarse a tiempo de que se abre el plazo.
Si tiene una explotación en Mallorca, Menorca, Ibiza o Formentera, casi todas las ayudas del sector primario que le interesan pasan por el mismo sitio: el FOGAIBA. Es el organismo autónomo creado por el Decreto 64/2005, adscrito a la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, y es quien convoca, resuelve y paga.
El problema para el agricultor o el ganadero no suele ser el requisito, sino el calendario. Las líneas se convocan por separado, cada una con su resolución, su plazo y su forma, publicadas en el BOIB a lo largo de todo el año. Quien no está pendiente, se entera cuando ya se ha cerrado.
Aquí encontrará el mapa de líneas, los requisitos que se repiten en casi todas y el procedimiento de solicitud. Lo que no encontrará es una lista de plazos abiertos, porque cambian cada pocas semanas y cualquier lista así envejece mal. Para eso, al final tiene el método fiable de comprobación en la sede electrónica.
Las familias de ayudas
El catálogo es amplio, pero se ordena en unos pocos bloques.
Ayudas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas (ADS) y a las agrupaciones de defensa vegetal (ADV), además de líneas específicas para el control y la erradicación de enfermedades concretas.
Creación de empresas de jóvenes agricultores y agricultoras, y modernización de explotaciones. Son las de mayor importe y también las de expediente más largo.
Fomento de productos agrícolas de calidad, certámenes ganaderos y ferias agrarias. Suelen ser importes modestos con tramitación relativamente ágil.
Ayudas a la formación profesional agraria y alimentaria, dirigidas a quien imparte las acciones formativas recogidas en el Plan de Formación Agroalimentaria de las Illes Balears.
Líneas del ámbito pesquero y acuícola, ligadas a los fondos europeos del sector. El FOGAIBA es también fondo pesquero, aunque se le asocie sobre todo a lo agrario.
Ayudas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas
Una ADS es una asociación de titulares de explotaciones ganaderas que se agrupan para ejecutar en común un programa sanitario: vigilancia, prevención, control y erradicación de enfermedades. La ayuda no financia una explotación aislada, sino el programa que desarrolla la agrupación.
Las bases reguladoras son estatales —el Real Decreto 81/2015, de 13 de febrero, sobre subvenciones destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas—, y el FOGAIBA aprueba cada año su convocatoria por resolución de la presidencia. La correspondiente a los programas sanitarios de 2026 ya ha sido convocada.
La agrupación, que debe estar constituida como ADS e integrar a titulares de explotaciones inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas.
Las pequeñas y medianas explotaciones agrarias integradas en la ADS. Son beneficiarias finales aunque no presenten la solicitud ellas mismas.
Las actuaciones del programa sanitario que enumera cada convocatoria en su apartado cuarto: honorarios veterinarios, analíticas, tratamientos y actuaciones de vigilancia, según el año.
El calendario de esta línea es irregular. Se ha convocado en marzo, en febrero y también a finales de diciembre para el ejercicio siguiente. No sirve de nada suponer un mes fijo: hay que tener activada la alerta, como se explica más abajo.
La versión vegetal: las ADV
El equivalente en el lado agrícola son las agrupaciones de defensa vegetal, orientadas a prevenir plagas. La convocatoria de 2026 para prevenir plagas de los vegetales tuvo plazo hasta el 13 de febrero de 2026.
Los requisitos siguen la misma lógica que en las ADS: la agrupación debe estar inscrita en el Registro de ADV y disponer de un programa o plan de prevención, control o erradicación de plagas aprobado por la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural. Sin ese plan aprobado previamente, la solicitud no tiene recorrido.
Formación agraria y alimentaria: segunda convocatoria
La convocatoria 2025-2026 de ayudas del FOGAIBA para la formación profesional agraria y alimentaria se divide en dos turnos. El segundo va del 1 de septiembre al 16 de noviembre de 2026.
Pueden solicitarla las administraciones públicas, las personas físicas, las entidades públicas o privadas y las organizaciones sin ánimo de lucro que impartan las acciones formativas definidas en el Plan de Formación Agroalimentaria de las Illes Balears para 2025-2026. Es decir: financia a quien forma, no a quien se forma.
Dos límites que conviene tener claros: las acciones deben versar sobre las materias del anexo del plan, dirigirse a personas que trabajen en los sectores agrario y alimentario baleares —y, si son empresas, que tengan condición de pyme—, y quedan expresamente fuera las acciones de gestión agroforestal.
Cómo se solicitan
El procedimiento es común a casi todas las líneas del FOGAIBA.
La presentación se hace exclusivamente en línea, desde la ficha del trámite en la sede electrónica de la CAIB, mediante el botón de acceso al trámite telemático que aparece al final de cada ficha. No hay ventanilla alternativa.
Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve permanente. Si la solicitud la firma una agrupación o una entidad, quien la presente debe tener acreditada la representación.
En los procedimientos de la CAIB es aplicable el Decreto 6/2013 de simplificación documental: buena parte de los certificados que ya obran en poder de la Administración se comprueban de oficio. En algunas líneas, el propio FOGAIBA verifica requisitos ante la Consejería sin que usted aporte nada, salvo que deniegue esa autorización.
En varias líneas hay un trámite de solicitud de ayuda y otro posterior de solicitud de pago, con plazos propios que se abren meses después. Haber sido beneficiario no basta: si no se presenta la solicitud de pago en plazo, no se cobra.
Ese último punto es el que más dinero deja sin cobrar. Cuando llega la resolución de concesión, apunte inmediatamente en el calendario la fecha de apertura del trámite de pago, que suele figurar en la propia ficha del procedimiento.
Cómo no perderse una convocatoria
Tres mecanismos, de menor a mayor esfuerzo.
La sede electrónica de la CAIB permite filtrar los procedimientos por unidad gestora y ver de un vistazo cuáles están abiertos y cuáles cerrados, con las fechas exactas de cada trámite.
Toda convocatoria se publica en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Es la fuente que manda, y la que fija el inicio del cómputo de plazos.
En la práctica, el aviso llega antes por ahí que por ningún boletín. Las organizaciones agrarias y las agrupaciones sanitarias suelen tener el calendario mucho mejor controlado que el titular individual.
Preguntas frecuentes
Soy ganadero, ¿pido yo la ayuda de la ADS?
No. La solicitud la presenta la agrupación, que es la que ejecuta el programa sanitario. Usted es beneficiario final por estar integrado en ella y por tener su explotación inscrita en el registro correspondiente. Si no pertenece a ninguna ADS, ese es el primer paso.
¿Las ayudas del FOGAIBA son compatibles entre sí?
Depende de la línea y de si se trata de ayudas de minimis, que tienen un techo acumulado por beneficiario durante un período determinado. Cada resolución especifica su régimen de compatibilidad: es el apartado que hay que leer antes de solicitar dos cosas a la vez.
No tengo certificado digital. ¿Puedo presentar en papel?
En estas líneas, no: la presentación es únicamente telemática. Las alternativas son obtener Cl@ve permanente, sacar el certificado digital, o apoderar a alguien que tramite en su nombre, habitualmente su cooperativa o su gestoría.
¿El FOGAIBA gestiona también la PAC?
El FOGAIBA es el organismo pagador de los fondos agrarios europeos en Baleares, así que sí participa en la gestión de las ayudas directas, además de convocar sus propias líneas autonómicas. Son procedimientos distintos con calendarios distintos.
Cómo está hecha esta guía
La información procede de las fichas oficiales de los procedimientos en la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de las resoluciones de convocatoria del FOGAIBA. Portal Ayudas no tramita solicitudes ni intermedia ante la Administración.
- Sede electrónica CAIB — Ayudas para las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas: requisitos, documentación y acceso al trámite.
- Sede electrónica CAIB — Ayudas para las agrupaciones de defensa vegetal, 2026.
- Convocatoria 2025-2026 de ayudas del FOGAIBA para la formación profesional agraria y alimentaria.
- Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del FOGAIBA; Real Decreto 81/2015, de 13 de febrero, sobre subvenciones a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas; Decreto 6/2013 de simplificación documental de los procedimientos administrativos de la CAIB.
Contenido informativo de carácter general. No constituye asesoramiento técnico ni jurídico ni sustituye la consulta con el FOGAIBA, con la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural o con un profesional. Las líneas de ayuda, los plazos, los importes y los requisitos se fijan en la resolución de convocatoria de cada ejercicio y cambian con frecuencia: consulte siempre la ficha vigente del procedimiento en la sede electrónica y el texto publicado en el BOIB antes de presentar cualquier solicitud.