impuestos especiales. cuando se trate de biocarburantes destinados, como tales o previa modificación química, a mezclarse con un carburante antes de la ultimación del régimen suspensivo, o ya mezclados con un carburante en una fábrica o depósito fiscal, que se introduzcan en depósitos fiscales logísticos, la operación se realizará con la autorización previa del departamento de aduanas e ii. ee.
Pone fin a la vía administrativa: no
Seguimiento tramitación: no
Unidad gestora: Agencia Estatal de Administración Tributaria
Modelo a cumplimentar:
Documentación requerida: solicitud de autorización de mezclas de hidrocarburos con biocarburantes destinados a ser introducidos en un depósito logistico. ,
La identificación se realiza a través de: certificado electrónico, DNI electrónico, cl@ve pin
Tipo de presentación: telemática. Oficinas de la AEAT
Plazo: 6 meses
Ámbito: Estatal
Forma de iniciación: de oficio
Efecto del silencio: negativo
Materias: Impuestos y Otros Tributos
Tipo trámite: procedimiento
Tipología: tributario
Enlace web al trámite: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/dn17.shtml
Depende del: Ministerio de Hacienda Agencia Estatal de Administración Tributaria