Proporcionar de forma directa, telemática e inmediata a las administraciones públicas, certificados tributarios de terceras personas que precisen para la tramitación de procedimientos administrativos de su competencia, siempre que dicha cesión directa de información tributaria cuente con el previo consentimiento del obligado tributario o esté prevista en una ley.
Modelo a cumplimentar y documentación requerida: La identificación se realiza a través de certificado electrónico.
Tipo de presentación: telemática, a través del enlace web: agenciatributaria.gob.es
- Solicitud
- Estado de tramitación de la solicitud
- Comprobación de certificados expedidos
Depende del Ministerio de Hacienda Agencia Estatal de Administración Tributaria:
- Plazo: no tiene
- Ámbito: municipio
- Forma de iniciación: de oficio
- Efecto del silencio: no tiene
- Tipo trámite: servicio / emisión de certificados
- Pone fin a la vía administrativa: no
- Seguimiento tramitación: no