Obtención de certificados tributarios de terceras personas de estar al corriente de obligaciones tributarias

 

 

Proporcionar de forma directa, telemática e inmediata a las administraciones públicas, certificados tributarios de terceras personas que precisen para la tramitación de procedimientos administrativos de su competencia, siempre que dicha cesión directa de información tributaria cuente con el previo consentimiento del obligado tributario o esté prevista en una ley.

 

Modelo a cumplimentar y documentación requerida: La identificación se realiza a través de certificado electrónico.

 

Tipo de presentación: telemática, a través del enlace web: agenciatributaria.gob.es

 

  • Solicitud
  • Estado de tramitación de la solicitud
  • Comprobación de certificados expedidos

 

 

Depende del Ministerio de Hacienda Agencia Estatal de Administración Tributaria:

  • Plazo: no tiene
  • Ámbito: municipio
  • Forma de iniciación: de oficio
  • Efecto del silencio: no tiene
  • Tipo trámite: servicio / emisión de certificados
  • Pone fin a la vía administrativa: no
  • Seguimiento tramitación: no

 

 

Dejar una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Puedes usar estas etiquetas y atributos HTML:

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>