Modelo 571. Impuestos especiales aplicación del beneficio devolución de los impuestos especiales hidrocarburos

 

Impuestos especiales a hidrocarburos Modelo 571

 

Impuestos especiales. Reconocimiento previo, por la oficina gestora de aduanas e impuestos especiales, a la aplicación del derecho a la devolución de las cuotas satisfechas por el impuesto especial sobre hidrocarburos por el consumo de productos objeto del impuesto a los que sean de aplicación los tipos establecidos en la tarifa 1ª, en usos distintos a los de combustible y carburante, y por la utilización de productos objeto del impuesto en proyectos piloto para el desarrollo tecnológico de productos menos contaminantes.

 

Unidad gestora: Agencia Estatal de Administración Tributaria

 

Modelo a cumplimentar: escrituras o documentos del registro de la propiedad

 

Documentación requerida: solicitud de autorización para la aplicación del beneficio de la devolución del impuesto sobre hidrocarburos.

 

La identificación se realiza a través de: DNI electrónico, certificado electrónico, cl@ve PIN.

 

Tipo de presentación: telemática, o en las oficinas de la AEAT.

 

Plazo: 6 meses

 

Ámbito: Estatal

 

Forma de iniciación: de oficio

 

Tipo trámite: procedimiento tributario.

 

Enlace web al trámite: agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/DN02.shtml

 

Depende del: Ministerio de Hacienda Agencia Estatal de Administración Tributaria

  • Pone fin a la vía administrativa: no
  • Seguimiento tramitación: no
  • Efecto del silencio: negativo

 

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