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¿Qué es la Estimación Objetiva (o por Módulos)?

Estimación Objetiva (o por Módulos)

 

La Estimación Objetiva (o por Módulos)* de la AEAT es un sistema de tributación simplificado que permite a los autónomos que desarrollan cierto tipo de actividades pagar a Hacienda en función de los beneficios estimados según los recursos de los que disponen.

 

Para poder acogerse a la Estimación Objetiva, los autónomos deben cumplir una serie de requisitos, entre los que se encuentran:

 

 

Una vez que el autónomo cumple los requisitos, puede optar por acogerse a la Estimación Objetiva en su declaración de la renta. Para ello, debe rellenar el modelo 036 o 037 y marcar la casilla correspondiente*.

 

La Estimación Objetiva es un sistema de tributación sencillo y rápido, pero puede ser menos ventajoso que el régimen de Estimación Directa en algunos casos.

 

Por ello, es importante consultar con un asesor fiscal para decidir cuál es el régimen de tributación más adecuado para cada caso.

 

Si cumplo los requisitos ¿Me interesa acogerme?

 

A continuación, se presentan algunas de las ventajas y desventajas de la Estimación Objetiva:

 

Ventajas:

 

Desventajas:

 

Ejemplos, de actividades comúnmente acogidas

 

La Estimación Objetiva es un régimen fiscal simplificado que se aplica a los autónomos que realizan actividades económicas que están incluidas en una lista aprobada por la Agencia Tributaria.

 

Algunas de las actividades económicas que están incluidas en la Estimación Objetiva son:

 

 

Las actividades económicas que no están incluidas en la Estimación Objetiva deben tributar por el régimen de Estimación Directa.

 

Este régimen es más complejo y requiere que los autónomos lleven una contabilidad más detallada.

 

La Estimación Objetiva es un régimen fiscal más sencillo y rápido que el régimen de Estimación Directa.

 

Esto obliga a cumplir una serie de requisitos, entre los que se encuentran el Régimen de IVA simplificado, Reg. Esp. de Ganadería y Pesca o del Recargo de equivalencia.

 

Sin embargo, dependiendo del nivel de facturación, puede ser menos ventajoso en algunos casos.

 

Por ello, es importante consultar con un asesor fiscal para decidir cuál es el régimen fiscal más adecuado para cada caso.

 

Recuerda: hay dos vías para tributar por el IRPF: estimación directa o estimación objetiva.

 

Debido a que esta modalidad es susceptible de fraude fiscal, la idea del Administrador es que termine desapareciendo.

 

Esta modalidad requiere que se lleve un registro con los los libros de Ingresos y gastos, y de Bienes de inversión (activos con sus amortizaciones), además de conservar la documentación justificativa de las operaciones, tales como las facturas, tickets, libro de desplazamientos. Durante al menos 5 años, que es el periodo máximo donde los ejercicios estarán como normal general sujetos a inspección.

 


Notas:

 

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