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BOE Uso obligatorio de mascarilla

 

Publicado en el BOE el uso Obligatorio de mascarilla

 

La Orden SND/422/2020 establece el uso obligatorio de mascarilla, de cualquier tipo, en todos aquellos lugares y situaciones donde no se pueda garantizar mantener la distancia de seguridad entre personas, a partir de 6 años.

 

Quedan excluidas las personas que:

 

 

 

 

 

 

Siempre que estemos en una situación donde la distancia social pueda no cumplirse, tal y como puede suceder fuera del domicilio, deberemos llevar mascarilla que cubra la boca y la nariz.

 

«Se deberán llevar en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, … » indica la orden ministerial.

 

Hay mascarillas de un solo uso, como las sanitarias y reutilizables de tela con bolsillo interior que permiten reponer filtros.

 

Por otro lado, si realizamos de forma casera una, se recomienda que sea de doble capa de algodón y que no se utilicen más de 8 horas seguidas. Respecto a su lavado y desinfección tomar la oportunas precauciones.

 

 

 

Fuente: Ministerio de Sanidad BOE Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

 

 

 

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