registro y gestión de la sucesión, en los términos referidos en los artículos 39 y 40 de la ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, de las personas físicas fallecidas y de las personas jurídicas o entidades carentes de personalidad jurídica a las que se refiere el artículo 35.4 de la ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, extinguidas. también resulta de aplicación al registro y gestión de la representación legal de aquellas personas que carezcan de capacidad de obrar conforme a derecho.
Pone fin a la vía administrativa: no
Seguimiento tramitación:
Unidad gestora: Agencia Estatal de Administración Tributaria
Modelo a cumplimentar:
Documentación requerida: en particular, en el caso de sucesión de personas jurídicas o entidades carentes de personalidad jurídica, deberá acreditarse la cancelación registral de la persona jurídica o entidad carente de personalidad jurídica extinguida, en todos aquellos casos de inscripción obligatoria. ,
La identificación se realiza a través de: certificado electrónico, DNI electrónico, cl@ve pin
Tipo de presentación:
Plazo: 0 no tiene
Ámbito: municipio
Forma de iniciación: interesado, de oficio
Efecto del silencio: no tiene
Materias: Impuestos y Otros Tributos, Relaciones Del Ciudadano, Empresa o Empleado Público Con La Administración
Tipo trámite: procedimiento
Tipología: registros y censos
Enlace web al trámite: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/zz23.shtml
Depende del: Ministerio de Hacienda Agencia Estatal de Administración Tributaria