Expedición de Certificados de Sucesión de Actividad
Es un procedimiento de la Agencia Tributaria por la que se expide un certificado de deudas, sanciones y responsabilidades tributarias a favor de quien pretenda adquirir la titularidad de explotaciones y actividades económicas.
Limitar la responsabilidad solidaria
Con la finalidad de limitar la responsabilidad solidaria por obligaciones tributarias anteriores a la adquisición a las que se refiere el artículo 42.1.c) de la ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.
Este procedimiento no pone fin a la vía administrativa y no tiene seguimiento de tramitación, es decir se actúa por solicitud de los interesados.
La unidad gestora es la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
No hay modelo a cumplimentar, simplemente se requiere como documentación: la propia solicitud del certificado.
La identificación se realiza a través del DNI electrónico, certificado electrónico, cl@ve PIN.
Presención telemática o presencial.
Tipo de presentación: telemática. Oficinas de la AEAT oficinas de correos demás lugares contemplados en el artículo 38.4 de la ley 30/1992.
Plazo máximo de respuesta: 3 meses
Es de ámbito estatal y como decimos la forma de iniciación es de oficio. El efecto del silencio es positivo.
Materias: Impuestos y Otros Tributos
Enlace a la solicitud:
Es un procedimiento tributario cuyo enlace web se encuentra en: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/RA17.shtml
Trámites disponibles en la AEAT:
Depende del Ministerio de Hacienda Agencia Estatal de Administración Tributaria.
debora.martin dice:
Gracias justo andaba buscando cómo obtener esa información en la aeat